{"id":249276,"date":"2018-04-26T09:02:22","date_gmt":"2018-04-26T07:02:22","guid":{"rendered":"https:\/\/universidadisep.com\/sin-categorizar\/psicologia-forense-un-falso-caso-de-moobing\/"},"modified":"2024-08-27T11:22:10","modified_gmt":"2024-08-27T11:22:10","slug":"psicologia-forense-un-falso-caso-de-moobing","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/psicologia-clinica\/psicologia-forense-un-falso-caso-de-moobing\/","title":{"rendered":"Psicolog\u00eda Forense: un Falso Caso de Mobbing"},"content":{"rendered":"<p>Tal como se\u00f1ala la Ley, el <strong>acoso laboral<\/strong> es toda conducta que constituya agresi\u00f3n u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o m\u00e1s trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillaci\u00f3n, o bien que amenace o perjudique su situaci\u00f3n laboral o sus oportunidades en el empleo. <!--more--><\/p>\n<h2>C\u00f3mo detectar un falso caso de mobbing<\/h2>\n<p>Se han detectado casos de simuladores o personas con patolog\u00edas mentales que asumen que <strong>est\u00e1n sufriendo moobing<\/strong> cuando en la realidad no cumplen con los requisitos necesarios para legar tal tipo de acoso. La <strong><a href=\"https:\/\/isep.com\/mx\/curso\/maestria-en-psicologia-forense\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">formaci\u00f3n como psic\u00f3logo forense <\/a><\/strong>es indispensable para detectar estos casos y elaborar los informes pertinentes cuando sean requeridos judicialmente.<\/p>\n<h2>Ejemplo real de falso caso de acoso laboral<\/h2>\n<p>P.L, de 42 a\u00f1os, realiza una denuncia contra su centro de trabajo, superiores y compa\u00f1eros por <strong>acoso laboral<\/strong>. El supuesto acoso se inicia muchos a\u00f1os atr\u00e1s (10 a\u00f1os aprox.). Se adjunta un amplio expediente donde se detallan de forma pormenorizada las denuncias previas a la empresa. La <strong>forma de acoso<\/strong> ser\u00eda la de determinadas insinuaciones o hechos que \u00e9l dice que aluden a su condici\u00f3n de homosexual, rumores a sus espaldas en este sentido y acciones de tipo obsceno a cargo de los compa\u00f1eros.<\/p>\n<p>Con toda esta situaci\u00f3n, P.L lleva varios a\u00f1os con <strong>tratamiento psiqui\u00e1trico<\/strong> por ansiedad-depresi\u00f3n. Los informes psiqui\u00e1tricos se conectan con la supuesta <strong>situaci\u00f3n de acoso laboral<\/strong>. As\u00ed pues, se solicita judicialmente que un <strong>especialista en psicolog\u00eda forense<\/strong> proceda a hacer un reconocimiento del estado mental de P.L como &#8220;lesionado&#8221;. En este caso se observa que P.L no presenta antecedentes psiqui\u00e1tricos ni psicol\u00f3gicos anteriores al presente episodio.<\/p>\n<p>P.L proviene de una familia numerosa de clase media. No existen antecedentes familiares ni personales relacionados con la presente denuncia excepto <strong>esquizofrenia paranoide<\/strong> en uno de los hermanos y un t\u00edo paterno. La metodolog\u00eda utilizada en este procedimiento fue la siguiente:<\/p>\n<h2>Metodolog\u00eda aplicada a un falso caso de mobbing<\/h2>\n<p>Revisi\u00f3n exhaustiva de toda la informaci\u00f3n que se presenta de oficio, entrevista evaluativa individual y administraci\u00f3n de diversas pruebas psicodiagn\u00f3sticas. De esta manera, los resultados obtenidos a lo largo del procedimiento pericial fueron los siguientes:<\/p>\n<p>P.L est\u00e1 siendo subjetivamente <strong>&#8220;acosado&#8221;<\/strong> en el \u00e1mbito laboral, lo que le aboca a seguir un <strong>tratamiento psiqui\u00e1trico y psicol\u00f3gico<\/strong>.<\/p>\n<p>Se tratar\u00eda de una supuesta v\u00edctima que en el momento actual, 10 a\u00f1os despu\u00e9s de haber iniciado el citado acoso, sigue trabajando en el mismo centro de trabajo donde se habr\u00eda iniciado la problem\u00e1tica. Observando las vivencias actuales en torno a la eclosi\u00f3n del conflicto, desarrollo y enlace final (denuncia), se observ\u00f3 que <strong>el relato es parcialmente confuso, mal sistematizado<\/strong>, como de hecho se expone en el informe del <strong>psicoterapeuta<\/strong> que lo trata. Esta ligera confusi\u00f3n se basa en que el propio P.L informa que sus sospechas reducidas al \u00e1mbito de la supuesta homosexualidad, no se basan en percepciones, por tanto, no puede existir <strong>trastorno sensoperceptivo<\/strong>. Las sospechas iniciales se basan en &#8220;sentir&#8221; o &#8220;intuir&#8221; en todo caso &#8220;miradas&#8221; que son interpretadas con intencionalidad sexual.<\/p>\n<p>Desde un punto de vista cl\u00ednico, la vivencia intencional, recurrente, <strong>no basada en principio con percepciones reales<\/strong>, que luego se van complicando en el tiempo, nos sit\u00faa de lleno en el \u00e1mbito de la posible interpretaci\u00f3n de est\u00edmulos que pueden ser neutras y que en el caso de la existencia de un <strong>delirio de tipo primario<\/strong>, viene acompa\u00f1ado por una gran angustia, confusi\u00f3n por las vivencias de lo que est\u00e1 sucediendo, falta de un delirio bien sistematizado inicialmente e implicaci\u00f3n progresiva de personas y hechos que dan b\u00e1sicamente sentido a las vivencias persecutorias.<\/p>\n<p>Por tanto, en este caso concreto, ese extrajeron las siguientes conclusiones:<\/p>\n<p>P.L presenta una <strong>personalidad paranoide<\/strong> y ha desarrollado un <strong>delirio primario<\/strong>, trastorno delirante, sobre una personalidad prem\u00f3rbida, sin base en alteraciones en la sensopercepci\u00f3n, y si en base a ideas de perjuicio de tipo paranoide. Adem\u00e1s, presenta una carencia de conciencia de enfermedad, habiendo elaborado entorno estas ideas un delirio que es irreducible a la argumentaci\u00f3n l\u00f3gica y se mantiene a lo largo de los \u00faltimos diez a\u00f1os.<\/p>\n<p>El tipo de problem\u00e1tica referida podr\u00eda provocar, por reacci\u00f3n al propio ambiente para el que se siente perseguido, algunas manifestaciones efectivamente despreciativas, humillantes, tendentes a aislarlo, lo que genera una retroalimentaci\u00f3n de las propias vivencias de persecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>P.L que presenta antecedentes familiares de <strong>esquizofrenia paranoide<\/strong>, es una persona vulnerable a presentar el tipo de trastorno que presenta frente al estr\u00e9s, por lo que debe ser tratado psiqui\u00e1tricamente.<\/p>\n<p>Se sugiere tener en cuenta los siguientes indicadores para detectar a un falso acosado o falso mobbing:<\/p>\n<h2>Caracter\u00edsticas de un falso caso de mobbing o acoso laboral<\/h2>\n<p>&#8211; El falso acosado utilizar\u00e1 la comunicaci\u00f3n parad\u00f3jica, el enga\u00f1o y la manipulaci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; El falso acosado suele presentar un trastorno mental como la paranoia, una personalidad paranoide (Par\u00e9s Soliva, 2005), trastorno delirante o un trastorno disocial de la personalidad.<br \/>\n&#8211; El falso acosado se siente seguro y convencido, no le preocupa la resoluci\u00f3n del conflicto, no buscar\u00e1 el acuerdo y denunciar\u00e1 precozmente. En cambio, el que sufre un verdadero mobbing se siente inseguro, procurar\u00e1 llegar a acuerdos y desea la r\u00e1pida resoluci\u00f3n del conflicto (Gonz\u00e1lez Rodr\u00edguez y Gonz\u00e1lez Correales, 2004).<br \/>\n&#8211; El falso acosado suele tener malos informes de sus antecedentes laborales por parte de sus compa\u00f1eros y superiores.<br \/>\n&#8211; El falso acosado trata de disimular su pobre capacidad y recursos personales para el trabajo.<br \/>\n&#8211; El falso acosado har\u00e1 intentos de denunciar de mobbing de forma an\u00f3nima.<br \/>\n&#8211; El falso acosado utiliza como mecanismos de defensa la proyecci\u00f3n (atribuye sus fracasos a los dem\u00e1s) y la racionalizaci\u00f3n (busca argumentos que justifiquen su conducta disruptiva).<\/p>\n<p>El <strong>M\u00e1ster en Psicolog\u00eda Forense<\/strong> te dota de las herramientas y conocimientos necesarios para la elaboraci\u00f3n del informe forense en las distintas jurisdicciones (civil, penal, laboral, menores\u2026) y su exposici\u00f3n (ratificaci\u00f3n) ante Juzgados y Tribunales como el caso citado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tal como se\u00f1ala la Ley, el acoso laboral es toda conducta que constituya agresi\u00f3n u hostigamiento reiterados, ejercida por el&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":748,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_lmt_disableupdate":"","_lmt_disable":"","footnotes":""},"categories":[3953,3829],"tags":[],"class_list":["post-249276","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-actualidad","category-psicologia-clinica"],"modified_by":null,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/249276","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/wp-json\/wp\/v2\/users\/748"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=249276"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/249276\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=249276"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=249276"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/universidadisep.com\/latam\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=249276"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}